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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A: N� 907��
Art�culo 1�
Las� obras� de�
desag�es� cloacales� reglamentada
�����
������Mediante Ordenanza Municipal
N� 832, de fecha 8 de Setiembre de 1987, podr�n ser realizadas tambi�n en forma
directa por el Municipio, ya sea con personal propio, o mediante la
contrataci�n de dichas obras a terceras personas, en ambos casos, el costo
total de la obra ser� prorrateado entre la totalidad de los vecinos
beneficiados quienes deber�n abonar dicho costo al Municipio en las condiciones
que oportunamente determinen.-
Art�culo 2�
Las� disposiciones� de� la
Ordenanza Municipal N�
���������� �832 son de plena aplicaci�n a la presente
Ordenanza, reemplaz�ndose en su caso en dicha Ordenanza N� 832 la definici�n
�Consorcio de Vecinos� y/o Municipalidad de Col�n.-
Art�culo 3� De
Forma.-
�
DADO Y APROBADO EN AL SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON Bs.As. EL DIA 12� DE� MAYO� DE 1988.-